Saltar al contenido

Despido procedente paro

abril 25, 2020
Despido procedente paro

Los despidos y el paro es un tema que todavía genera muchas dudas en muchas personas. Las prestaciones por desempleo son exclusivas para personas que han terminado una relación laboral. La razón de esto es ofrecer una ayuda económica mientras se encuentra otros puesto de trabajo. Se cree que no todos los tipos de despidos cuentan con este beneficio. Pero hasta el despido procedente paro cumple los requisitos para disfrutar de este derecho.

Impugnar una decisión de despido

Un despido es un evento que no suele agradar a nadie. Esto implica quedar en el desempleo y sin ninguna remuneración para cubrir gastos. Por eso llega a ser una gran preocupación. Pero tomar esta acción, implica pasar por un proceso para determinar que se está tomando una decisión correcta. Ante todo, la empresa debe realizar una supervisión exhaustiva que permita explorar el desempeño del empleado así como su interacción dentro del área laboral. Esto le permitirá tener una percepción más concreta de la situación.

Despido procedente paro

Una vez que se comprueba que no se encuentra capacitado o ha cometido una falta, se procede a redactar una carta. En esta se explican las razones de despido y se debe enviar quince días antes de la fecha. Si se trata de un despido disciplinario, no es necesario cumplir este periodo. Tras recibir la notificación, se procede a indemnizar al empleado si corresponde.

Pero existen situaciones en las que desde el punto de vista del afectado, la acción tomada es injusta. Y según lo establecido en la ley, cuenta con la oportunidad de impugnar la decisión de la empresa. De esta manera, se presentan tres tipos de despidos:

  • Despido procedente:tras finalizar la relación laboral e iniciar el proceso de impugnación, se comprueba que el despido fue realizado estrictamente bajo el margen de la ley. El juez falla a favor de la empresa. Aunque muchos no lo crean posible, un despido proceden paro permite cobrar las prestaciones por desempleo sin problemas.
  • Despido improcedente: aunque se haya realizado el proceso de despido, el empleado tiene derecho a impugnarlo. Y si se comprueba que se cometió una falta, se le obliga a la empresa a pagar una indemnización por los daños causados.
  • Despido nulo: es un proceso muy similar al despido improcedente. Igualmente, el juez falla a favor del despedido. Sin embargo, se le obliga a reintegrar a su puesto a la persona. Y la empresa no puede ir en contra de esta decisión. Además debe realizar una remuneración salarial por el tiempo de usencia.

¿Qué es un despido procedente?

Al recibir una noticia de que se aproxima un despido, puede ser una sensación muy desalentadora. Sobre todo si se piensa que se cumplió el perfil laboral. Por esto, es que muchas veces estas decisiones parecen muy injustas por parte de la empresa. Y de ser así, existe la posibilidad de impugnar una decisión. Con esto, la ley permite revisar el caso, y decidir si realmente se cometió una falta. Si todo el proceso se realizó correctamente y hay causa justificada, estamos ante un despido procedente.

Durante este proceso, tras la notificación de despido, el afectado reúne toda la información necesaria para determinar que se cometió un error. El juez analizará toda la evidencia y dará su fallo. Si se cumplieron todos los pasos para notificar el despido, y se explican razones válidas, entonces se fallará a favor de la empresa. En este sentido, esta pierde toda responsabilidad sobre la persona despedida y no debe indemnizarla. Sin embargo, el despido procedente paro es un derecho, ya que a pesar de recibir esta decisión, puede optar por las prestaciones por desempleo.

Requisitos para cobrar paro

Existe incertidumbre siempre que una persona se encuentra desempleada. La entrada de dinero es un factor importante para cubrir los gastos y llevar una buena calidad de vida. Sin embargo, no tener trabajo, complica la situación. Si se trata de un despido, el Estado puede ofrecer ayuda mientras se está a la búsqueda de otro empleo. Esto se conoce como paro o prestaciones por desempleo.

Se trata de un derecho de todo trabajador que ha sido despedido. Tiene la posibilidad de cobrar una suma de dinero según lo cotizado mientras está en la búsqueda de otro trabajo. Esto no es válido para aquellas personas que renunciaron o dimitieron. Aun así, no solo basta con un despido, sino que es necesario cumplir con otros requisitos:

  • Una de las condiciones básicas para el cobro de paro, es estar registrado en la Seguridad Social. Además, se debe haber cotizado al menos un año en los seis años previos al despido.
  • Otras de las inscripciones que se debe de hacer, es aparecer como demandante de empleo.
  • Debe encontrarse desempleado y sin percibir ningún otro tipo de ingreso salarial.
  • No haber cumplido la edad de jubilación.

Se han generado muchas dudas en torno al tema del paro. Se cree que no todos los tipos de despidos califican para recibir esta ayuda. Pero realmente si es posible. Siempre que se cumplan los requisitos y se trata del término de una relación laboral y no una renuncia, es válido. Hasta el despido proceden paro permite cobrar estas prestaciones.

Despido procedente paro

¿Es válido el despido procedente paro?

El despido procedente se lleva a cabo tras una impugnación por la decisión de una empresa de terminar una relación laboral. A pesar de que el empleado despedido asegura que hubo un error, el juez falla a favor del empresario. De esta manera, no es revocada la decisión de despido. Y aunque existe la idea de que no es posible cobrar prestaciones, el despido procedente paro permite tener acceso a este beneficio.

Las prestaciones por desempleo es una ayuda económica que puede recibir toda persona que ha sido recientemente despedida. Lo ideal es comenzar el papeleo al poco tiempo del término de la relación laboral. Es indispensable tener a mano la carta de despido para realizar el proceso. Tras cumplir todos los requisitos, se tendrá acceso al beneficio.

Para mantener esta web uso cookies que se instalan en tu dispositivo, propias (necesarias para la web) y de terceros (analíticas, elaboración de perfiles y publicitarias) para crear un perfil según tus hábitos de navegación. Puedes cancelar todas o ajustar las cookies según quieras; o aceptarlas clicando en "Aceptar" y seguir navegando. Te aconsejo leer la Política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies